El Tribunal Contencioso Electoral determinó que el juez de Yaguachi incurrió en una infracción electoral muy grave. Además, lo sancionó con una multa económica.

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sancionó con multa, destitución y suspensión de derechos de participación al abogado John Rodríguez Mindiola, juez de la Unidad Multicompetente del cantón Yaguachi (Guayas), por la resolución del 9 de junio de este año, con la que restituyó los derechos políticos del exvicepresidente Jorge Glas.

El juez electoral Joaquín Viteri acogió la denuncia planteada el 10 de junio por el abogado Néstor Napoleón y determinó que Rodríguez incurrió en una infracción electoral muy grave, tipificada en el artículo 279, numeral 7 del Código de la Democracia. La sentencia fue emitida el jueves 24 de agosto.

En el dictamen se sancionó al juez de Yaguachi con una multa equivalente a 70 salarios básicos ($ 31.500) y la suspensión de sus derechos de participación por el lapso de cuatro años.

La multa deberá ser pagada en BanEcuador, en la cuenta denominada Infracciones Ley de Elecciones, en un plazo de 30 días. En caso de no hacerlo el dinero se cobrará mediante coactiva.

Además, el juez del TCE dispuso al Consejo Nacional Electoral (CNE) que registre la suspensión de derechos políticos y de participación del denunciado. También dispuso al Ministerio del Trabajo que registre la destitución de John Rodríguez Mindiola. Y al Consejo de la Judicatura se le encomendó que registre la sanción de destitución del mencionado juez.

La denuncia impulsada por Néstor Marroquín argumentó que el juez de Yaguachi pretendió interferir en el proceso electoral en curso, “a más de menoscabar los principios de transparencia, seguridad y certeza del proceso electoral en desarrollo”.

John Rodríguez Mindiola, el 9 de junio, concedió medidas cautelares solicitadas por el ciudadano Rodolfo Miranda, en beneficio del exvicepresidente Jorge Glas.

El juez del TCE que atendió la causa concluyó que la decisión del denunciado advierte una clara intromisión en las competencias y atribuciones que son propias del Consejo Nacional Electoral. “Ha obrado deliberadamente, con plena conciencia y voluntad, excediendo los límites de su competencia”, determinó Joaquín Viteri, al tiempo de resolver que el juez Rodríguez interfirió en el funcionamiento de los órganos de la Función Electoral. (I)

Fuente: El Universo

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