Con fecha 5 de julio de 2020, integrantes del Comité Prodefensa del Cantón Girón emitieron un boletín en el cual hacen referencia a la intervención realizada semanas atrás en el área protegida de El Chorro sin contar con los respectivos permisos. Textualmente el informe dice lo siguiente:

EL COMITÉ PRODEFENSA DEL CANTON GIRÓN

INFORMA:

Que, los miembros de la Directiva del COMITÉ PRO-DEFENSA DEL CANTON GIRON, el día sábado 27 de junio del 2020, se trasladó hacia el sector de El Chorro para constatar los hechos denunciados sobre la apertura de una vía, que se conduciría desde la vía asfaltada paralelamente por el camino de herradura existente hasta la segunda cascada, lugar en donde se pudo evidenciar que se había realizado una intervención con maquinaria pesada por parte de los propietarios de terrenos del sector, cabe mencionar que las mismas personas que hicieron estos trabajos fueron quienes nos acompañaron en este recorrido y nos dieron las respectivas indicaciones de dicha intervención, aclarando que las fuentes de agua no han sido afectadas, observamos que si se había abierto una pequeña trocha por un potrero con la autorización de su propietaria, en otra parte se había ampliado el camino llegando con la maquinaria a cruzar el rio hasta unos 50 mts. aproximadamente más adelante.

Al decir de dichos propietarios, se trató de una limpieza del camino existente para mejorar el acceso de ellos y de turistas que frecuentemente suben hacia la segunda cascada, manifestaron que están conscientes de que en este tipo de trabajos siempre va a existir algo de afectación a la vegetación, en este recorrido se les preguntó además si tenían autorización para realizar estos trabajos conociendo que es una zona protegida, respondiendo que no la tenían.

En virtud de lo expresado en líneas anteriores, ponemos en conocimiento de la ciudadanía sobre este reconocimiento ejecutado por el Comité, correspondiendo a las autoridades pertinentes en este caso al GAD Municipal y al Ministerio del Ambiente, quienes luego de un informe técnico y del trámite respectivo, determinar si hubo o no afectación a esta zona intangible, dependiendo de ello se procederá conforme a lo que la ley establece.

Señalamos que estaremos atentos al trámite que se le dé al presente caso, siendo obligación de las autoridades informar a todos los ciudadanos la correspondiente resolución.

Como representante.

Atentamente.

Ab. Flavio Valencia

PRESIDENTE

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