Sobre deuda heredada, COAC “Señor de Girón” piden “derecho a la respuesta”
La nota publicada en este medio de comunicación la noche del lunes 26 de octubre titulada “Celia, lucha día a día para no perder la casa por una deuda que no contrajo”, en el que hace referencia a la situación de una joven madre, quien cuenta su historia ante difíciles circunstancias, caló en millares de personas, quienes han dejado mensajes de solidaridad y han expresado cuestionamientos.Los directivos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Señor de Girón”, han pedido al medio de comunicación el “derecho a la respuesta”, por considerar que se afecta a la imagen de la institución, hemos recibido un documento que lo publicamos textualmente a continuación y, como medio, hemos dejado abierta la invitación para una entrevista (pre grabada o en vivo) para referirse al tema.
Respecto a la difusión de la noticia del día lunes 26 de octubre de 2020, en el Noticiero NotiGirón, del Canal Visión al Sur y posteada en las redes sociales, referente a que la Srta. Celia Arpi está cancelando una deuda de su difunta madre, deuda sin el seguro de desgravamen respectivo, en el que se anuncia desde la parte periodística, a la Cooperativa Señor de Girón como institución acreedora de esta deuda; consideramos que en su calidad de periodista, obvió la contrastación y contextualización de dicha noticia, de acuerdo al Art. 18 de la Constitución de la República del Ecuador y el Art. 22 de la Ley Orgánica de Comunicación, acto que afecta a la reputación y buena imagen de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Señor de Girón”; ante este hecho y enmarcados en el Art. 17 de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Comunicación, solicitamos encarecidamente el derecho a la respuesta, precisando se indique lo siguiente:
Al momento de otorgarse el crédito a la difunta madre de la Srta. Celia Arpi la póliza de seguro, de la empresa aseguradora, citaba como exclusiones lo siguiente: “LISTADO DE EXCLUSIONES GENERALES -EVENTOS NO CUBIERTOS: A. Cualquier enfermedad o accidente preexistente a la contratación del seguro … “, detalle que fue explicado, por ende, conocido, aceptado y suscrito por la fallecida socia al momento de la otorgación del crédito; documentos que han sido expuestos a la Srta. Arpi, sus hermanos y defensa técnica.
La Cooperativa aclara:
- Que este es un caso puntual sin cobertura del seguro de desgravamen y se procedió a la autorización del mismo por un actuar social y humano de la institución.
- El crédito en mención no canceló ni cancela ningún rubro por el Seguro de Desgravamen.
- Que este caso ha sido llevado y conocido ante nuestro ente de Control -SEPS -, sin que haya existido observación alguna al respecto.
- La Cooperativa en ningún momento pierde la sensibilidad ante nuestros socios, en virtud de lo cual se ha venido realizando acercamientos para procurar soluciones efectivas a las dos partes, enmarcados en el aspecto legal.
- Por último, es importante citar que, por la responsabilidad social institucional, hemos llevado a cabo actividades para apoyar a la familia de nuestra difunta socia.
Sin otro particular, en espera de que se realice la aclaración a nuestros socios y ciudadanía en general, suscribo de Ud.
Atentamente,
Ing. Martha Cobos Mora
GERENTE GENERAL
COOPERATIVA DE AHORRO Y
CRÉDITO “SEÑOR DE GIRÓN”