Condenado como autor directo de la violación a una mujer que contactó a través de redes sociales
Loja (Loja), 06 de marzo de 2023.- Tribunal dictó sentencia de veintidós años de prisión para Álex V., contra quien la Fiscalía General del Estado presentó las pruebas necesarias para comprobar su responsabilidad en el delito de violación.
La fiscal Karina Castillo, durante la audiencia de juicio, detalló la forma en la que se cometió el delito: la víctima había sido contactada por el ahora sentenciado a través de la red social Facebook y habían conversado en varias ocasiones. Él la invitó a salir, pero ella se negó.
Hasta que el 5 de mayo de 2021 insistió en la invitación a salir y ella aceptó. Se encontraron y recorrieron varios sectores de la ciudad. En ese lapso, el agresor compró una bebida gaseosa que le brindó a la víctima, lo que hizo que ella perdiera la razón.
Ese momento fue aprovechado por el agresor para violar a la víctima.
Estos hechos fueron comprobados con la presentación de la pericia médico-legal practicada a la víctima, en la que un médico ginecológico determinó que había sido víctima de una agresión sexual. Además, se presentaron los resultados de las pericias biológica forense y de cotejamiento de ADN.
También fueron determinantes las prueba toxicológica y de alcoholemia practicadas a la víctima, que arrojaron como resultado que la bebida que ingirió contenía anfetamina y alcohol. A ello se sumó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el testimonio anticipado de la agraviada, en el que describió los hechos e identificó al agresor.
Este no es el único caso en el que el procesado habría cometido este tipo de delito. En un caso similar se dictó sentencia condenatoria para Álex V., al comprobarse el delito de violación contra otra mujer. No obstante, un Tribunal de apelación revocó esa decisión –supuestamente–, porque existía duda sobre el consentimiento de la víctima.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se sanciona con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años.
Fuente: FGE