Los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad pagan el anticipo del Impuesto a la Renta en dos cuotas. Mientras que los obligados a llevar contabilidad pagarán adicionalmente el saldo que corresponde al valor de las retenciones del año anterior

La dirección zonal 6 del Servicio de Rentas Internas (SRI) recordó que en julio vence el plazo para que las personas naturales obligadas y no obligadas a llevar contabilidad y las sociedades, paguen la primera cuota del anticipo del Impuesto a la Renta (IR). La segunda cuota se debe pagar el próximo septiembre, de acuerdo a la norma vigente.

En julio del año anterior, la Administración Tributaria de la zonal 6 registró una recaudación tributaria de USD 10.4 millones por anticipo de IR. Este año, el SRI estima alcanzar una similar cantidad de recaudación.

Armando Lana, director zonal 6 del SRI, indicó que al momento la recaudación general de la zonal 6 asciende a USD 62 millones. “En los últimos meses hemos cumplido con la metas establecidas. Esperamos que este comportamiento positivo se mantenga en el segundo semestre del año”, detalló.

Lana explicó que los contribuyentes cuyo noveno dígito de la cédula o RUC es uno, deben pagar la primera cuota del anticipo del IR hasta el 10 julio y así sucesivamente hasta terminar con el dígito cero, el 28 de julio. Ese mismo cronograma se aplica para la segunda cuota que se la paga en septiembre.

“Las capacitaciones tributarias han favorecido para fomentar la cultura tributaria en los ciudadanos”, mencionó el funcionario. También detalló que en lo que va de 2018 el SRI ha cumplido con más de 646 capacitaciones, lo que permitió  beneficiar a más de 13.200 ciudadanos de Azuay, Cañar y Morona Santiago.

Fuente: COMUNICACIÓN SRI ZONAL 6

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