En Cuenca regularán circulación de scooters y otros vehículos de este tipo
El Municipio de Cuenca regulará la circulación de: scooters, twikes, monopatines eléctricos, bicicletas eléctricas o de combustible, miniautos, ciclomotores, segways, hoverboards, patines eléctricos, longboards, monociclos eléctricos y monowheels.
Son pequeños vehículos, en su mayoría unipersonales, cuya presencia en las calles y avenidas de esta ciudad se ha incrementado en los últimos dos años. En algunos casos pueden superar una velocidad de 70 kilómetros por hora (km/h).
Actualmente estos ruedan libremente por cualquier espacio de la ciudad, incluso por parques, veredas, parterres, áreas verdes, plazas, plazoletas y también por las ciclovías.
Diego Morales, concejal de Cuenca y presidente de la Comisión de Movilidad, Tránsito y Transporte, del Concejo Cantonal de Cuenca, explicó que para poner reglas a esta “micromovilidad” han diseñado una propuesta normativa.
Se trata de la Ordenanza para la Promoción, Fortalecimiento y Regulación de la Movilidad Activa y Micromovilidad en el cantón Cuenca. Tiene 63 artículos. Está en socialización previo a ser debatida por los concejales.
En esta consta que la municipalidad “proporcionará los medios necesarios para que las personas puedan elegir libremente la forma de desplazarse de manera segura, a través del establecimiento de políticas públicas de movilidad (…)”.
Velocidad
Esta regulación contempla solamente a los vehículos de este tipo que no superen los 25 km/h; cuyo peso sea menor o igual a 100 kilogramos (kg); y que sean de tracción humana o energías limpias.
Asimismo, que su tamaño sea menor o igual a un área de 1.30 x 1.95 x 2.70 metros (m), y que tengan una capacidad de carga menor o igual a 300 kg o un metro cuadrado (m³). Los denomina como Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
Esta ordenanza dispone que pueden transitar por todas las vías públicas excepto en aquellas en las que la infraestructura ponga en riesgo su seguridad, como túneles, pasos a desnivel y carriles exclusivos del Tranvía de Cuenca.
Determina que también tienen preferencia de vía o circulación en los desvíos de avenidas y carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas; así como el acceso a carriles compartidos de circulación lenta.
Los conductores de estos VMP podrán estacionarlos en las diferentes áreas de estacionamiento de bicicletas y tienen derecho a ser atendidos inmediatamente por los agentes de tránsito sobre sus denuncias por la obstaculización a su circulación.
Seguridad
Quienes conduzcan estos vehículos tienen que usar preferentemente elementos retro-reflectivos y de seguridad, así como el uso de luces que permitan la identificación y distinción, en especial en las noches.
También: “De preferencia, y por seguridad, el usuario de VMP deberá usar un casco de protección, y no llevar artículos que no permitan una correcta audición del entorno”.
El artículo 36 de esta reglamentación dispone que los usuarios de los VMP deberán respetar en todo momento las señales de tránsito, fundamentalmente, todo lo relacionado con normas de circulación.
Asimismo, que en ciclovías ubicadas en calzadas la velocidad máxima será de cinco km/h; y en ciclovías localizadas en aceras no deberán ir a más de 20 km/h. En otros espacios peatonales no podrán pasar los 10 km/h.
En esta ordenanza se determina que la Empresa de Movilidad (EMOV EP) creará un sistema de registro gratuito de bicicletas y VMP, mismo que será voluntario para usuarios existentes y obligatorio para nuevos usuarios.
Los conductores de los VMP que no cumplan esta normativa serán sancionados con una multa equivalente al 5% de un Salario Básico Unificado (SBU), que equivale a 21,25 dólares.
Las medidas sancionatorias podrán ser sustituidas por servicio comunitario por 24 horas. Este se deberá hacer bajo la coordinación y mecanismos que implemente la EMOV EP.
Usuarios
Marco Guanga es mecánico automotriz y utiliza scooters y segways, pues considera que estos vehículos le permite movilizarse con mayor rapidez y además son fáciles de guardar y estacionar.
Considera que si bien es necesaria una regulación, cree que también se tiene que concienciar a quienes utilizan carros para que respeten más a este tipo de movilidad alternativa.
“Somos una movilidad que ocupa menos espacios en las calles, que no contamina, que apoya para que no haya congestionamiento, entonces es necesario que nos valoren más como actores de la movilidad…”, expresó.
Detalló que estos vehículos además son económicos, pues se los puede encontrar desde 400 dólares, y tienen poco consumo de energía eléctrica. Una recarga de una noche puede servir para unas cinco o seis horas o unos 100 km.
“Se habla de la protección al medio ambiente a nivel mundial, entonces utilizar estos vehículos eléctricos es una buena forma de aportar para cuidar a la tierra…”, expresó.
Criterio
El Concejo Cantonal de Cuenca y los del resto de cantones del país tenían un plazo inicial de hasta 180 días, contados desde el 10 de agosto de 2021, para hacer ordenanzas que regulen la circulación de vehículos de transporte alternativo.
Esto está contemplado en las reformas a la Ley Orgánica de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial (LOTTTSV), que aprobó la Asamblea Nacional y que están vigentes.
Así lo explicó Xavier Valdivieso, abogado y exasesor para la conformación de normativas para fomentar la movilidad alternativa, de la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME).
Detalló que en la LOTTTSV se establece que estos vehículos eléctricos cuyo motor supere los 750 vatios o watt (w) sean considerados motorizados y no puedan circular por ciclovías por ejemplo.
Igualmente quienes los conduzcan obligatoriamente tendrán que utilizar un casco homologado, como los de los motociclistas, pues tienen el mismo riesgo de sufrir un siniestro de tránsito.
“En el caso de Cuenca la regulación es solo para estos vehículos que no superen los 25 km/h por lo que el resto estará regulado por la ley de tránsito que está vigente…”, precisó.
Fuente: El Mercurio