Hay cambios en el formulario de Impuesto a la Renta: SRI informa detalles de la nueva versión del documento
El Servicio de Rentas Internas habilitó desde el jueves 16 de febrero de 2023 la nueva versión del formulario de Impuesto a la Renta de personas naturales, que incluye los siguientes cambios (de acuerdo a la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19):
-Para las personas naturales obligadas a presentar la declaración del impuesto a la renta:
Se incorporan nuevos casilleros que permiten efectuar el cálculo automático de la rebaja de gastos personales.
-Para las personas naturales que se encuentran dentro del Régimen RIMPE:
Negocios populares: Permite acceder a la declaración simplificada para el pago de la cuota anual de USD 60.
Negocios populares con actividades excluyentes y emprendedores: Permite realizar la declaración y pago de impuesto a la renta conforme lo establecido en la tabla progresiva del Art. 97.6 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Los contribuyentes que están obligados a declarar y pagar el Impuesto a la Renta son:
-Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad.
-Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad que estén en el régimen general y que tengan ingresos brutos gravados que excedan de la fracción básica no gravada para el cálculo del impuesto a la renta de personas naturales (año 2022 USD. 11.310,00).
-Las personas naturales que se encuentren dentro del régimen RIMPE negocios populares o emprendedores y los contribuyentes que obtengan ingresos por otras fuentes adicionales a la actividad empresarial sujeta al Régimen RIMPE.
– Los trabajadores en relación de dependencia que deban reliquidar el pago del impuesto a la renta y/o hayan utilizado el beneficio de la rebaja de gastos personales, quienes obtuvieron rentas en relación de dependencia con dos o más empleadores o recibieron, además de su remuneración, ingresos de otras fuentes que superen la fracción básica no gravada para el cálculo del impuesto a la renta personas naturales.
Plazos de declaración para personas naturales dentro del régimen general:
Plazos de declaración para personas naturales dentro del Régimen RIMPE:
Fuente: Vistazo
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