Estos productos no pueden ser ingresados al Ecuador por viajeros particulares
Si tiene familiares o amigos en el exterior que vendrán a pasar las fiestas en el país, es importante que les recuerde qué productos no puede ingresar por los aeropuertos.
La Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad) cada año recuerda las resoluciones y productos de origen animal y vegetal que están prohibidos que ingresen en los equipajes de los viajeros.
Esto, debido a que cada país toma sus precauciones para evitar la propagación de plagas y enfermedades. Estas acciones están amparadas en la Ley Orgánica de Sanidad Agropecuaria.
Esto se da con el objetivo de evitar que ingresen plagas que afecta a varios países como la Fiebre Aftosa, Peste Porcina Africana y Fusarium Raza 4.
Este tipo de medidas no afectan a los importadores, quienes deben cumplir con otros trámites para que los productos que ingresa al país cuenten con certificación sanitaria o fitosanitaria desde el origen.
Los productos que están prohibidos que ingresen los viajeros son:
- -Productos con presencia de tierra o suelo.
- -Material de propagación (plantas, esquejes o semillas)
- -Frutas, flores, follajes, hortalizas y granos frescos o secos, hierbas aromáticas o medicinales frescas.
- -Leche cruda y derivados lácteos frescos (queso fresco, leche en polvo sin UHT).
- -Huevos de todas las especies.
- -Miel de abeja sin pasteurizar.
- -Productos y subproductos de origen porcino con o sin registro sanitario (carne, embutidos, jamones curados con o sin hueso y derivados cárnicos incluidos harinas).
- -Carne de cualquier especie así tenga registro sanitario.
- -Cueros crudos.
- -Artículos elaborados con fibras vegetales sin procesamiento.
- -Plaguicidas, productos agrícolas, veterinarios y biológicos que incluyan hongos, bacterias, insector, vacunas, antibióticos.
- -Trofeos de caza.
- -Material genético (semen, embriones y óvulos).
Usualmente cuando se envían las cosas a través de un courier dicha empresa conoce de lo que se puede o no se puede. Por lo que los recordatorios son más para la gente trae sus propias cosas o para quienes hacen encargos a familiares, conocidos e incluso a quienes traen cosas con tarifa. Esto último es algo irregular desde el punto de vista legal, pero una realidad que se ha convertido hasta en una fuente de trabajo para varias personas.
Este mercado informal atrapa parte de las compras que se hacen por internet. Son compras que entran al país a través de pasajeros que arriban por vuelos comerciales, principalmente desde Estados Unidos.
Estos viajeros ofrecen traer artículos cobrando un precio por libra, que oscila entre $ 5 y los $ 10. Sus servicios se ofertan por redes sociales o cadenas de amigos.
Algunos incluso tienen tablas de precios en las que cobran según el artículo y proporcionan una dirección para poder recibir la mercadería en EE.UU. y luego traerla a Ecuador.
¿Cómo entran esas compras de terceros por los aeropuertos? Los viajeros suelen traer los pedidos dentro del margen que se permite como parte de los efectos del viajero y que no pagan impuestos.
Por ejemplo, en esa lista se puede traer una laptop, un dron que no supere los $ 500, un celular, una impresora de escritorio y hasta un televisor de 32 pulgadas. También es factible ingresar ropa que se supone es de uso personal.
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) señala que en los aeropuertos utiliza sistemas de perfilación de riesgo que pueden derivar en controles ya sean intrusivos o no intrusivos.
En el primer caso se realiza el aforo físico de las mercancías del pasajero y en el segundo caso las mercancías son escaneadas a través de una máquina de rayos X.
De esta manera, según el Senae, es posible verificar si las cantidades son comerciales o no. Cuando se presume que se trata de mercancías que pueden ser comercializadas, se solicita a los pasajeros los soportes de pago, como puede ser la factura de la compra.
Si se llega a detectar que son mercancías con fines comerciales, el viajero debe proceder a liquidar, con el objetivo de que se cancelen los tributos que correspondan a esos bienes. (I)
Fuente: El Universo