Posibilidad de dos códigos laborales en Ecuador, propuesta de Guillermo Lasso, genera criterios legales divididos
Expertos laborales creen que una reforma laboral o la expedición de acuerdos ministeriales hubiesen sido otras alternativas a promulgar una ley.
Que existan dos códigos laborales, el ya vigente para quienes mantienen su empleo y uno nuevo aplicable para los desempleados, es la idea que lanzó el presidente Guillermo Lasso el pasado martes en entrevista con el medio digital 4Pelagatos.
Lasso dijo que en el país tres de cada diez ecuatorianos, que forman parte de la Población Económicamente Activa (PEA), tienen empleo, y se rigen con el actual Código de Trabajo y que los siete restantes, que están en la informalidad, entrarían en el nuevo proyecto denominado Ley de Oportunidades Laborales.
“Es una visión bifocal que se garanticen derechos con el activo y el otro que genere el empleo de manera moderna”, apuntó.
Pero esta posibilidad de dos códigos laborales coexistentes genera criterios legales divididos en los expertos laborales. Algunos creen que pueden coexistir las normativas y otros no.
Mesías Andrade, abogado laboral, dice que es posible que existan dos códigos, siempre y cuando no se contrapongan. “El asunto es que no se contrapongan, ni el uno contra el otro, ni con la Constitución”, agrega.
Por ejemplo, “si me dicen que van a sacar una Ley de Oportunidades para darle trabajo a los siete (de cada diez ecuatorianos), pero que no va a ser igual (en beneficios) en el Código (actual), sencillamente está beneficiando en menos a estos siete de cada diez, cuando la Constitución dice que todos deben gozar de los mismos derechos”.
Mesías indica que es importante analizar el contenido del proyecto de ley para saber con más seguridad si es factible su creación, y que haya dos normativas. De lo contrario, las alternativas serían una reforma laboral y la expedición de acuerdos ministeriales.
Con esto concuerda Richard Buenaño, juez de la Sala Laboral de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, quien considera que el objetivo de la norma en sus artículos será el diferenciador.
“Si va a recoger lo mismo del anterior no tiene sentido, pero de lo que he escuchado son nuevas formas de modernizar el trabajo. Ahí sí pueden coexistir”, indica Buenaño y aclara que los beneficios deberían mantenerse en el nuevo proyecto.
Y esto lo aseguró recientemente el ministro de Trabajo, Patricio Donoso. Dijo que con la Ley de Oportunidades Laborales se mantendrán todos los derechos como décimo tercer y cuarto sueldo, vacaciones, afiliación a la seguridad social, entre otros.
Además, mencionó que se ha reunido con dirigentes sindicales, emprendedores e incluso con la Comisión de Derechos de los Trabajadores de la Asamblea Nacional para analizar este asunto.
“El Gobierno está preparando un proyecto de ley complementario al Código para generar empleo que requiere aquel dos tercios de la población que no tiene trabajo, a ellos está dirigido ese proyecto porque el Código se mantiene intacto”, expresó.
Y nombró varios puntos diferenciadores como acabar con el recargo del 35 % para los contratos eventuales, eliminar el despido intempestivo cuando las empresas se liquidan y establecer sistemas de contratación tales como indefinido, definido, eventual y por obra o servicio.
Estos detalles son los que para la abogada Vannessa Velásquez deben divulgarse. Ella cree que este nuevo proyecto no podrá coexistir con el Código de Trabajo.
“No van a poder coexistir. El Código de Trabajo siempre será el que engloba la normativa pertinente a las relaciones laborales entre empleador y trabajo. No pueden haber dos códigos de Comercio, dos del Código Orgánico Integral Penal, Civiles, es un solo Código de Trabajo”, apunta.
Para Velásquez lo adecuado es reformar al actual código o expedir un acuerdo ministerial poniendo como ejemplo a la anterior administración que sacó lineamientos sobre el teletrabajo.
Dice que solo se convertiría en una normativa más, que estaría a la par del actual Código, pero no sobre él. Además, advierte que podría generar desconcierto.
“Puede generar confusión, abuso y por eso es tan importante que la ley tenga reglamento. La aplicabilidad puede tornarse compleja y trabajadores realizarán sus denuncias”, dice y sugiere a quienes lo promulgan y al Legislativo que la normativa debería contener sanciones por mal uso.
“¿Qué pasa si hay un empleador que cierra su compañía y crea una nueva y genera estas otras oportunidades laborales? Igual habrá que ver el espíritu de la ley”, indica. (I)
Fuente: El Universo