En el Registro Oficial de este lunes, 9 de diciembre del 2024, se publicó la Ley para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones del Ecuador, que fue enviada por el presidente Daniel Noboa con el carácter de urgente en materia económica.

El proyecto fue aprobado en la Asamblea Nacional el pasado 5 de diciembre.

Entre las medidas que se aplicarán como alivios para enfrentar las consecuencias de los racionamientos energéticos se incluyen incentivos fiscales, alivios económicos y además suspensión temporal de los procedimientos de ejecución de coactiva entre noviembre de 2024 y febrero de 2025; además se aplicará el pago inmediato del seguro de desempleo a quienes registren un aviso de salida en los meses de noviembre y diciembre de 2024, y en enero y febrero de 2025.

El incumplimiento de las obligaciones por concepto de aportes de los meses de noviembre y diciembre de 2024 no generará responsabilidad patronal con el IESS, siempre que sean canceladas hasta en 90 días de estar en mora y que se solicite por parte del empleador.

Los trabajadores cuyos empleadores se hayan acogido al alivio seguirán contando con la prestación de los servicios sociales de salud del IESS y de los servicios del Biess.

El Biess refinanciará o reestructurará, por una ocasión adicional, las operaciones de crédito hipotecario reestructuradas o refinanciadas que se encontraban vigentes hasta el 30 de septiembre de 2024.

También señala que, de forma temporal y mientras permanezca vigente la declaratoria de emergencia del sector eléctrico nacional, no se incrementará el costo de arriendos.

Las entidades del sector financiero público y privado podrán establecer programas de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones financieras. La instrumentación del programa de diferimiento no causará intereses moratorios, gastos, recargos ni multas. Estos programas serán regulados por la Junta de Política y Regulación Financiera.

Los empleadores, sean personas naturales o jurídicas, que no hayan desvinculado de su nómina a sus trabajadores durante los meses de octubre, noviembre y diciembre, y que los mantengan en ella o con mejores condiciones de su vinculación laboral inicial, gozarán de un crédito tributario para el ejercicio fiscal del año 2024.

Se dispone la condonación del 100 % de las deudas de los créditos educativos para personas con discapacidad y personas con enfermedades catastróficas, huérfanas y raras. (I)

Fuente: El Universo

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