El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, en sesión permanente del día lunes 29 de noviembre de 2021, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió:

  1. En base al aparecimiento de la nueva variante del COVID 19 “Ómicron”, el COE resuelve recomendar a Cancillería del Ecuador y al Ministerio de Gobierno que, en función de sus competencias, adopten las medidas que correspondan para restringir el ingreso de ciudadanos que tengan como puntos de origen o tránsito los siguientes países:
    • Sudáfrica, Botswana, Egipto, Mozambique, Lesoto, Zimbabwue, Eswatini y Namibia.
  2. Aprobar los Lineamientos Epidemiológicos presentados por el Ministerio de Salud Pública (MSP) que se refieren a los “Requisitos obligatorios de ingreso al país, sea por vía aérea, terrestre o marítima y el control epidemiológico de la pandemia COVID 19”; estos requisitos se regirán bajo las siguientes consideraciones:
    • Las personas mayores a 16 años; deberán presentar certificado de vacunación con el esquema completo de por lo menos 14 días antes del arribo y Prueba RT- PCR negativa de 72 horas antes de iniciado el viaje.
    • Las personas de 2 a 15 años, 11 meses y 29 días de edad, deberán presentar la Prueba RT-PCR negativa de 72 horas antes de iniciado el viaje.
    • Estos nuevos requisitos de ingreso al país, entrarán en vigencia desde las 00h00 del día 1 de diciembre de 2021, para lo cual, Cancillería del Ecuador, Ministerio de Transporte y Obras Públicas y Ministerio de Salud Pública,
    deberán ejecutar las acciones que les corresponda en función de sus competencias, en especial, la notificación a las aerolíneas para que se apliquen los controles en los lugares de origen.
    • Si entre los viajeros se encuentra un ¨caso sospechoso¨, se procederá a la realización de una prueba RT – PCR en tiempo real. De ser positiva, entonces se deberá realizar catorce días de aislamiento.
  3. Aprobar la primera Fase de los Lineamientos para la Reapertura de la Frontera de Ecuador con Colombia presentados por los Ministerios de Salud Pública, Transporte y Obras Públicas y Cancillería del Ecuador, mismos que hacen referencia a:
    • Permitir el ingreso y salida de vehículos de transporte internacional de mercancías, exclusivamente en el paso fronterizo de “Rumichaca”.
    • El horario para permitir el ingreso y salida de los vehículos de transporte internacional de mercancías es de 08h00 a 17h00 de lunes a domingo.
    • La evaluación de los impactos generados por estas resoluciones, se la llevará a cabo 30 días posterior al inicio de la aplicación de las mismas, a fin de decidir el paso a las siguientes fases previstas en los lineamientos en mención.
    • La Primera Fase de los Lineamientos para la Reapertura de la Frontera de Ecuador con Colombia, entrará en vigencia desde el miércoles 1 de diciembre de 2021.
  4. Disponer al Ministerio de Gobierno, respecto a las solicitudes de autorización de eventos públicos masivos, que comunique a las Intendencias Provinciales de Policía, que el aforo sugerido para estos eventos es de 50%.
  5. Exhortar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Cantonales, en base a sus competencias, el control de:
    • Uso obligatorio de mascarilla, el distanciamiento social, lavado frecuente de manos y uso de alcohol antiséptico.
    • En lo posible evitar la realización y autorización de eventos públicos masivos.En caso de autorizar, deberá requerir y controlar el ingreso de personas, presentando el Certificado de Vacunación con el esquema completo con mínimo 14 días desde la segunda dosis o certificado negativo de prueba RTPCR de máximo 72 horas y restringir el aforo al 50%; las ejecuciones de estos eventos se realizarán exclusivamente en lugares abiertos o cerrados con ventilación, cumpliendo el distanciamiento social mínimo de 1.5 metros.

    Estas mismas medidas se recomiendan para el caso de lugares abiertos al público tales como centros comerciales, restaurantes, bares, discotecas, cines y afines.

    • Controlar el cumplimiento de las medidas biosanitarias de uso obligatorio de mascarilla, lavado de manos, así como la desinfección de superficies.
    • El transporte público tendrá hasta el 100% de aforo siempre que haya ventilación natural y se exija el uso obligatorio de mascarilla.

6. Exhortar a la ciudadanía, en virtud de que la pandemia continúa incluso con la presencia de nuevas variantes, a cumplir con las medidas de bioseguridad, no relajarse y evitar asistir a eventos de concentración masiva.

7. El COE Nacional se encuentra en sesión permanente y todas estas resoluciones, serán evaluadas por el pleno en el lapso de 15 días, con el objetivo de ratificarlas o modificarlas en base a los informes técnicos de las instituciones correspondientes.

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Fuente: Gestión de Riesgos


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