El 24 de diciembre de 2023 es el plazo máximo para cancelar el bono navideño.

El décimo tercer sueldo o bono navideño es uno de los beneficios más esperados por los trabajadores durante un año. Lo reciben quienes están bajo relación de dependencia.

El rubro es correspondiente a la doceava parte de las remuneraciones que hubiere percibido el trabajador entre el 1 de diciembre del año pasado y el 30 de noviembre del presente.

La ley de este bono, que al principio se lo conocía como aguinaldo, se implementó en 1962 para beneficiar a los trabajadores durante las navidades. En la presidencia de Rodrigo Borja (1988-1992) se llamó bonificación navideña, para diferenciarla del décimo cuarto sueldo, al que se llamó bonificación escolar, y que se recibe en la Costa en marzo y en la Sierra en septiembre.

Según cifras del Ministerio del Trabajo, en el período de 2022 fueron más de 1,7 millones de personas que recibieron el décimo tercer sueldo; de estas, 1,1 millones son hombres y 590.286 mujeres.

Además, 1,6 millones de ciudadanos percibieron ese capital a tiempo completo y 73.790 ciudadanos con tiempo parcial. Y solo 30.905 fueron personas con discapacidad. En comparación con el 2021, hubo menos trabajadores que recibieron el beneficio. En total, 1′581.097 personas. En 2020 también fue bajo: 1′524.686 personas.

Y antes de la pandemia COVID-19, es decir, en 2019, la cantidad de pago de este décimo estuvo cerca a la del 2022. Hace cuatro años fueron 1′695.016 personas.

Cálculo

El economista Guillermo Granja explica que para el cálculo se contempla la remuneración básica, horas extras, comisiones y otras retribuciones. No se incluyen vacaciones, fondos de reserva, viáticos.

Entonces, se suman todas las remuneraciones recibidas por el trabajador durante el período de cálculo y se dividen para doce.

Ejemplo:

Un ciudadano que tuvo ingresos por $ 425 en diciembre del 2022 (valor que era el básico en ese año), más los once meses del 2023 (enero a noviembre) que ganó $ 450 cada mes, resulta con un total de $ 5.375.

Esa cantidad se la divide para doce y arroja $ 447,91. Este es el monto que este ciudadano recibirá como décimo tercero en diciembre.

Ejemplo con horas suplementarias:

En el caso de que una ciudadano gane el salario básico, pero registró horas suplementarias, entonces ese décimo tercero aumenta.

  • $ 425 por sueldo de diciembre del 2022.
  • $ 450 de enero a noviembre del 2023 sumado es $ 4.950.
  • $ 5.375 es la sumatoria de todos los valores.
  • $ 112,80 equivalente a 40 horas suplementarias durante el ciclo considerado. Ese valor se suma con $ 5.375 y equivale a 5.487,8. Dividido para doce es $ 457,25.

¿Cómo calculo las horas suplementarias?

Es esencial conocer el costo de la hora laboral y para esto el salario ($ 450) lo dividimos para 240, que es el equivalente a 30 días por ocho horas. Entonces, da como resultado $ 1,88 por hora de trabajo.

La suplementaria se la obtiene multiplicando el valor hora de trabajo por el 50 % de recargo ($ 1,88 x 1,5). Total: $ 2,82. Multiplicamos por la cantidad de horas adicionales. En el caso anterior eran 40 horas y resulta en $ 112,80 (valor que arriba se lo sumó para conocer el décimo).

Calculadora

En la página del Ministerio de Trabajo está disponible una calculadora para saber el valor que un trabajador va a recibir hasta el próximo mes.

  • Ingresa a https://calculadoras.trabajo.gob.ec/tercero
  • Coloca la remuneración de cada mes. De diciembre a noviembre, en ese orden.
  • El valor agregado ya debe contemplar horas suplementarias, extraordinarias o jornada nocturna.
  • Cuarto, se da clic en calcular valores y se tiene el resultado.

El Código de Trabajo, en su artículo 111, establece que todo trabajador tiene derecho a la decimatercera remuneración o bono navideño. “Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el veinticuatro de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario. La remuneración a que se refiere el inciso anterior se calculará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 95″, dice el artículo. (I)

Fuente: El Universo

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