La empresa operadora del proyecto afirmó que “colaborará con el gobierno” para trabajar en el desarrollo de la consulta.

Una consulta previa, libre e informada deberá realizar el Estado en la comunidad Escaleras, en la provincia de Azuay, por el proyecto minero Loma Larga (antes Quimsacocha), según el fallo del Segundo Tribunal de la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de esa provincia.

El proyecto es operado por la empresa canadiense Dundee Precious Metals (DPM) que indicó que recibió la aclaración sobre el proceso de obtención de permisos para el proyecto y que “colaborará con el Gobierno” para trabajar en el desarrollo de la consulta, “lo cual ya ha sido planificado por la empresa como parte del desarrollo del proyecto”. Además, que “mantendrá canales de comunicación abierta y transparente” con las partes interesadas.

El Tribunal de Azuay, el lunes 28 de agosto, emitió el fallo sobre la acción de protección que fue presentada por la Federación de Organizaciones Indígenas y Campesinas del Azuay, la Junta Administradora de Agua Potable de las parroquias Victoria del Portete y Tarqui, la comunidad Escaleras y el Directorio de Aguas de la Sociedad de Riego de San Gerardo, en contra del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, en el cual señaló que se “acepta parcialmente el recurso de apelación interpuesta por los actores” y que “confirma la decisión de primera instancia en cuanto concluye que se vulneró el derecho a la consulta previa”.

Asimismo, en la decisión el Tribunal concluyó que la cartera de Estado “no observó el contenido de los artículos 71 y 72 de la Constitución”, además que “vulneró los derechos constitucionales previstos en los artículos 411 y 412″, por lo que se “debe realizar la consulta ambiental prevista en el artículo 398 de la Constitución antes de la emisión de la licencia ambiental para la siguiente fase del proyecto”.

El artículo 398 refiere que: “Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta”.

Además que “si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley”.

En ese contexto, el Tribunal ordenó cuatro medidas de reparación, previo a continuar con los trámites administrativos para las siguientes fases del proyecto minero, entre ellos, que el Ministerio del Ambiente presente informes sobre “el estado actual del área Nacional de Recreación de Quimsacocha” y otro que “aborde la sustentabilidad del ecosistema y cómo se está garantizando el orden de preferencia en el uso y aprovechamiento del agua…”.

Con respecto a la consulta previa, libre e informada en el fallo se indica que “la ejecutarán y materializarán las carteras del Estado competentes en materia ambiental y aguas, de explotación de recursos naturales no renovables, protección de derechos humanos y gobiernos autónomos descentralizados que corresponda, en la Comunidad de Escaleras, con domicilio en la provincia de Azuay, cantón Cuenca, parroquias Victoria del Portete y Tarqui”.

Por su parte, la empresa canadiense señaló que “seguirá implementando los más altos estándares aplicables para la protección ambiental y la participación de las partes interesadas, y colaborará con el Gobierno para delinear los próximos pasos para las actividades de consulta”.

Además, indicó que basándose en el extenso trabajo ambiental realizado hasta la fecha, trabajará con el Ministerio del Ambiente para proporcionar cualquier detalle adicional lo más rápido posible. “La compañía mantendrá canales de comunicación abierta y transparente con todas las partes interesadas, bajo su propósito corporativo: transformar recursos y generar valor compartido para todos”, agregó. (I)

Fuente: El Universo

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