La caducidad del informe de Contraloría permitió anular sentencia de Glas
La decisión del Tribunal de Apelación fue unánime. Los magistrados Luis Rivera, Felipe Córdova y Daniella Camacho acordaron declarar nula la sentencia por peculado en el caso Singue. Ocurrió el jueves 10 de noviembre de 2022 durante una audiencia en la Corte Nacional, en Quito. La resolución favorece al exvicepresidente Jorge Glas, al exministro de Hidrocarburos Carlos Pareja Yannuzzelli, al exministro de Recursos Naturales No Renovables Wilson Pástor y a cuatro personas más.
Con este fallo, quedan sin efecto las condenas de Glas y de las otras personas, dictadas el 25 de enero de 2021. Esa fecha, otro Tribunal sentenció al exvicepresidente y a tres procesados más como coautores del delito de peculado y los jueces les impusieron ocho años de cárcel. Mientras, otros tres implicados en esa causa fueron sentenciados como cómplices y se les impuso una pena de cuatro años de cárcel.
Las siete personas fueron señaladas por Fiscalía por su participación en una supuesta adjudicación irregular de un campo petrolero en Sucumbíos. La entidad aseguró que esto ocasionó un perjuicio para el Estado.
Justificación de los jueces
El Tribunal de Apelación declaró la nulidad porque “se transgredió el debido proceso y el derecho a la defensa” de los sentenciados en el caso Singue. Según la Corte Nacional, todo ocurrió en noviembre de 2021, cuando un Tribunal Contencioso Administrativo de Quito declaró “la caducidad e ilegalidad” de un informe que emitió la Contraloría General. Ese documento fue una de las evidencias que constan dentro del proceso por peculado.
Según la Fiscalía, ese informe del ente de control con posible responsabilidad penal “constituye únicamente un indicio más” dentro del expediente fiscal. Incluso, la entidad investigadora dijo que ese documento ya no es un requisito dentro de los procesos por ese tipo de delito.
“A la Fiscalía General le causa profunda preocupación que se haya declarado la nulidad procesal enfocada en un indicio, de los varios que constan en el proceso y que, además, dejó de ser un requisito de procedibilidad”.
Además, el Ministerio Público aseguró que no se ha vulnerado el derecho a la defensa, pues señaló que se dio “total acceso” a los abogados de los procesados para que revisaran el expediente y también el citado informe de la Contraloría.
La resolución judicial
Durante la diligencia de este jueves 10 de noviembre, los jueces ordenaron que todo el proceso penal sea declarado nulo, desde el momento en que Fiscalía solicitó la formulación de cargos a los procesados, lo que ocurrió el 12 de febrero de 2019.
La resolución del Tribunal de la Corte Nacional no implica la declaratoria de inocencia ni culpabilidad de los siete procesados; por lo tanto, los jueces indicaron que la Fiscalía tiene derecho a iniciar un nuevo proceso.
De hecho, Fiscalía aseguró que “continuará con las acciones investigativas, siempre con el objetivo de evitar que el cometimiento de este delito contra la eficiencia de la administración pública quede en la impunidad”.
La defensa de Jorge Glas indicó a este Diario que, si la Fiscalía decide iniciar el proceso desde la formulación de cargos, solo podría usar los indicios o evidencias que se recopilaron durante la investigación previa y no lo obtenido en la fase de instrucción fiscal o investigación pública.
Escenarios de Jorge Glas
Precisamente, una de las posibilidades es que la Fiscalía formule cargos nuevamente en contra de Glas y de las otras personas. Es decir, que volverían a someterse a un proceso penal.
Pero la decisión del Tribunal de Apelación beneficia particularmente a Glas, porque ahora se abren nuevas posibilidades para que pueda recuperar su libertad.
Aún existen dos sentencias ejecutoriadas en contra del exvicepresidente del correísmo, por actos de corrupción. La primera es de seis años, por asociación ilícita en el caso Odebrecht; la otra, de ocho años, por cohecho en el caso Sobornos. Esas dos condenas están ejecutoriadas, es decir, fueron ratificadas en tres instancias judiciales diferentes.
Como ahora todas sus condenas están en firme, él puede recurrir a la unificación de penas. El objetivo sería que Glas solo cumpla la condena más alta, es decir, la de ocho años por el caso Sobornos. La defensa de Glas ya ha solicitado en diferentes ocasiones la unificación de penas; sin embargo, esos pedidos fueron negados.
El principal argumento de los jueces fue que la sentencia del caso Singue contra Glas aún no estaba ejecutoriada. Esa, precisamente, fue la justificación que dio una jueza en enero pasado para negar la solicitud. Con la unificación de penas, él podrá acceder a la prelibertad y salir de su encierro. Para obtener ese beneficio, el sentenciado debe cumplir el 60% de la pena. Según su abogado, Glas ya ha cumplido el 75%, aproximadamente.
Los hechos
Jorge Glas cumplió cinco años en prisión el pasado mes de octubre. En 2017, pasadas las 23:30 del 2 de octubre, el exvicepresidente ingresó a la Cárcel 4 de Quito, luego de ser procesado por asociación ilícita en actos de corrupción de la firma Odebrecht.
En octubre de 2018, Glas fue trasladado a la cárcel de Cotopaxi. Pero en abril de 2022, un juez le concedió un hábeas corpus y dispuso su liberación. Luego, esa medida fue revocada por la Corte de Santa Elena y Glas fue recluido en la Cárcel 4. Actualmente, está detenido allí.
Fuente: El Comercio