La propuesta de definición de ecocidio hecha por un panel internacional de expertos a la CPI «no tendrá carácter retroactivo» para los contaminadores, pero sí sancionará los delitos ambientales que comprometan el futuro de los jóvenes.

Así lo han explicado este jueves Rodrigo Lledó (Chile/España) y Pablo Fajardo (Ecuador), dos de los abogados que han integrado el panel internacional que ha logrado con casi doscientas palabras definir el ecocidio, y la directora de la campaña Stop Ecocidio en España y coordinadora para América Latina, Maite Mompó.

La definición de ecocidio que ha sido «consensuada» será presentada en diciembre a la Corte Penal Internacional (CPI) para su estudio y análisis con el fin de que sea incorporado como el quinto delito universal en el Estatuto de Roma, después del genocidio, los de lesa humanidad, los de guerra y los de agresión.

Según los doce abogados del panel, “ecocidio es cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que existen grandes probabilidades de que cause daños graves, extensos o duraderos, al medio ambiente”.

Entre los Estados más interesados en que se apruebe el delito «están los insulares», ha explicado Mompó, ya que están entre los más pequeños y los que mayores consecuencias pueden sufrir a causa de la subida del nivel del mar.

Según Mompó, la propuesta surgió de un grupo de parlamentarios suecos que plantearon a Stop Ecocidio la creación del panel para elaborar la definición y, a partir de ahí, la campaña para la aceptación ante la CPI ha tenido una acogida «increíble».

La iniciativa ha sido aceptada por países como Francia, Bélgica, Islas Maldivas o Vanuatu y «seguimos en campaña» para lograr el mayor número de apoyos, ha señalado.

Entre quienes se han manifestado abiertamente a favor están el secretario general de Naciones Unidas, Antonio Gutérres, quien señaló que sería «muy deseable» que sea aprobado el delito de ecocidio durante una visita la semana pasada a Madrid, al igual que lo ha hecho el papa Francisco.

Para Rodrigo Lledó, director de la Fundación Baltasar Garzón, durante los seis meses de debates se buscó que la definición fuese «lo más amplia posible»; de lo contrario, «hay casos que podían quedar fuera» si se seleccionaban todos los aspectos que contempla el ordenamiento jurídico internacional.

El abogado Pablo Fajardo ha indicado que «la definición tal vez no es satisfactoria para todos, algunos pretendían que fuera más profunda, pero eso hubiera supuesto que tuviera poco apoyo de los Estados. Es un equilibrio entre lo que queríamos y lo posible».

Es necesario, a su juicio, «tratar de entender lo que va más allá del delito ambiental», entender las consecuencias que esos delitos «tienen para la propia naturaleza y para las futuras generaciones» porque «hay delitos como la contaminación en la Amazonía que trascienden fronteras».

Por ello, ha incidido, «es necesario darle mayores herramientas a la humanidad para defender la naturaleza» y, por otra parte, «darles a los gobiernos herramientas para luchar contra esos delitos».

Fajardo se siente satisfecho con el logro del acuerdo porque, ha revelado, «creí que sería imposible llegar a un consenso en la definición porque había posturas muy opuestas».

De acuerdo con Lledó, en Chile existe un mapa de conflictos socioambientales, porque la forma de relacionarnos con la Naturaleza debe cambiar y alinearse con la definición de los pueblos originarios que practican la «armonía con la naturaleza porque dañarla es dañarnos a nosotros mismos».

Mompó ha asegurado que los ecocidios se dan en todo el planeta, aunque «hay la creencia que solo suceden en el sur global», por lo que «la mayoría de la población tenemos que ponernos en marcha para defender la vida y la naturaleza y tenemos que hacerlo todos juntos». EFE

Fuente: El Mercurio

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