Ecuador: Los causantes de incendios forestales no pueden ser procesados por terrorismo
Pese a que autoridades señalan a los presuntos causantes de incendios forestales como terroristas, legalmente, esta figura legal no se puede aplicar.
Las amenazas se quedan en el discurso. En medio de las labores de contención del incendio que empezó en Guápulo, en el nororiente de Quito, el presidente Daniel Noboa y el alcalde Pabel Muñoz aseguraron que el flagelo fue provocado y que los responsables serían procesados por terrorismo.
Pero, en la práctica esto no ocurrió. La tarde del 25 de septiembre, en el sector donde habría empezado el incendio, fue detenido Dylan A. El joven de 23 años fue señalado como el presunto iniciador de ese siniestro, que se expandió a otras zonas de la capital y no ha sido liquidado tres días después.
Al siguiente día, Dylan A. fue puesto frente a la jueza Luz Serrano. Pero, la fiscal Jéssica Córdova no lo procesó por terrorismo, sino por el presunto delito de incendios forestales y de vegetación. En su contra se dictó prisión preventiva.
Lo mismo ocurrió con el taxista Aníbal P. El 9 de septiembre de 2024 se hizo público un video de este sujeto mientras iniciaba un incendio en La Gasca. El hombre también será procesado por incendio y no por terrorismo.
Terrorismo no se ajusta a la acción
Tanto el delito de incendios forestales como el de terrorismo constan en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) como conductas penadas en Ecuador. Sin embargo, tienen diferencias.
Por un lado, sobre el delito incendios forestales y de vegetación, el artículo 246 del Código establece que la persona que provoque directa o indirectamente incendios en bosques será sentenciado a una pena de hasta tres años y, si esto provoca muertes, la sentencia podría subir hasta 16 años de prisión.
Mientras que el terrorismo se establece cuando una persona provoque o mantenga en estado de terror a la población con sus actos y se castiga con penas de entre 10 y 26 años, dependiendo del caso y la gravedad.
La condición para aplicar uno u otro tipo penal tiene que ver con la conciencia que tiene el sospechoso cuando comete el delito sobre los efectos de sus actos.
El penalista Pablo Encalada explicó que, para que se configure un delito de terrorismo, tiene que existir dolo directo o indirecto. Es decir, que la persona, al momento de cometer el delito, sepa con certeza el daño que puede ocasionar con su acción.
Mientras que el tipo penal de incendios forestales se ajusta al dolo eventual, lo que significa que el procesado solo sospechaba de los daños que podía ocasionar con sus acciones, pero no tenía la certeza de la magnitud de los mismos.
Incluso, más allá del discurso, en el que se utiliza el término terrorismo con frecuencia, en el Municipio de Quito había conciencia de esta diferencia.
Entre el 11 y el 20 de septiembre de 2024, cuando se intensificaron los siniestros en la capital, Carolina Pantoja, subprocuradora jurídica de la Alcaldía, presentó 12 denuncias en la Fiscalía. Todas por presuntos incendios forestales y de vegetación.
Solo el 2 de septiembre, Pantoja presentó una denuncia por presunto terrorismo. PRIMICIAS consultó a la Alcaldía si este caso también tiene que ver con incendios, pero no hubo respuesta.
¿Cómo se originó el incendio de Guápulo?
Aunque la Policía, el Municipio y la Fiscalía señalan a Dylan A. como el responsable del incendio de Guápulo, las primeras versiones y diligencias del caso todavía son confusas.
En la audiencia de formulación de cargos, la Fiscalía relató que, apenas iniciado el flagelo, un equipo de investigadores partió hacia la zona para realizar entrevistas. Al día siguiente, el 25 de septiembre, encontraron a María Dolores Ch., habitante de una de las quebradas de la zona.
La mujer relató que cerca del mediodía del 24 de septiembre, cuando estaba en su domicilio, vio que uno de sus vecinos —vestido con short de color blanco, alto, joven delgado, tez blanca y cabello rizado— estaba quemando basura en la quebrada. Le habría pedido que se detuviera, pero no hizo caso.
Minutos después, la mujer volvió y vio que la quema de basura se habría convertido en llamas y que el mismo joven estaba intentando apagarlas con unas ramas.
La mujer, guiada por los investigadores, habría interpuesto la denuncia contra Dylan A. y rindió su versión con este testimonio. Con base en esto, la Policía capturó a este sujeto y la Fiscalía lo procesó.
Sin embargo, el joven tiene otra versión de los hechos. Dylan A. relató que ese mediodía había llegado de retirar a su hermano menor de la escuela y se metió a la ducha para bañarse porque más tarde tenía que salir a una cita con sus amigos.
Por la ventana, mientras se bañaba, habría visto una columna de humo cerca de su casa. Habría salido en short, chancletas y sin camiseta a tratar de calmar el fuego. Incluso, aseguró que tiene quemaduras en sus pies y en su pecho.
Fuente: Primicias
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