Este asueto será aplicable a nivel nacional.

Este 9 de agosto, millones de ecuatorianos tendrán uno de los últimos feriados que aún se cuenta en el calendario del 2024.

Se trata del correspondiente al Primer Grito de Independencia que se celebra cada 10 de agosto. Este es uno de los asuetos que está considerados como no recuperables.

De acuerdo a la Ley, si un feriado cae en sábado, el descanso obligatorio pasará al viernes anterior, y si es domingo, al lunes siguiente. Si cae martes, el feriado se traslada al día lunes previo. Debido a esto como el feriado cae sábado se lo celebrará el viernes.

Este descanso obligatorio no es recuperable, sin embargo las instituciones, entidades y organismos del sector público tendrán que contar con el personal mínimo para satisfacer las demandas de la colectividad.

La Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo establece las acciones para aquellas industrias o labores del sector privado que _por su naturaleza y condición manifiesta_ no puedan interrumpir sus actividades durante los días de descanso obligatorio.

En este caso, se deberá designar otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores. Caso contrario, deberán pagar a sus trabajadores la remuneración que corresponda, con el correspondiente recargo por trabajo extraordinario.

Es decir, las personas que laboren en estos días y que no quieran tomar el descanso en una fecha posterior, tendrán que cobrar el 100% de recargo, por ser de carácter extraordinario, según lo establece el artículo 55 del Código del Trabajo. (I)

Fuente: El Universo

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