El Código Integral Penal establece una multa de USD 450, 10 puntos menos en la licencia de conducir y una pena de tres días de prisión para los conductores que excedan los límites de velocidad.

Ante el número de accidentes violentos y las últimas lluvias que se registran en el país, la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) recuerda a los conductores los límites de velocidad permitidos en las vías urbanas, carreteras y vías perimetrales de Quito y del país.

En un comunicado, la entidad detalló cuáles son los límites de acuerdo a cada tipo de vehículo.

Vehículos livianos:

-5O km/h en vías urbanas

-90 km/h en vías perimetrales.

-100 km/h rectas en carreteras

-60 km/h curvas en carreteras

Vehículos de transporte de pasajeros:

-40 km/h en vías urbanas

-70 km/h en vías perimetrales.

-90 km/h rectas en carreteras

-50 km/h curvas en carreteras

Vehículos de transporte de carga:

-4O km/h vías urbanas

-70 km/h en las vías perimetrales.

-70 km/h rectas en carreteras

-40 km/h curvas en carreteras

La AMT y la Agencia Nacional de Tránsito insisten en que el exceso de velocidad es una de principales razones por las que se producen accidentes de tránsito en Ecuador.

Según el Código Integral Penal, los conductores que excedan los límites de velocidad son sancionados con una multa de USD 450, 10 puntos menos en la licencia y una pena de tres días de prisión.

Datos de la Agencia Nacional de Tránsito muestran que en el primer semestre del año se registran un total de 9.986 siniestros que dejaron 1156 fallecidos.

Fuente: Primicias

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