Presidida por la señora Reveca Nieves, la tarde de este martes 17 de marzo, se reunieron los miembros de la Junta Parroquial de San Gerardo donde analizaron la situación actual que vive el país por la pandemia del COVID19, y tomaron resoluciones basadas en las medidas dictadas desde la presidencia de la república la noche del lunes 16 de marzo. Con la finalidad de precautelar el bienestar de la población san gerardense se elabora esta resolución:

  1. Las dependencias del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de San Gerardo, como medida de prevención, suspende sus actividades, hasta que dure la disposición del Gobierno Central.
  2. Se suspende todo evento de capacitación, asambleas, mingas y reuniones por parte de GAD Parroquial.
  3. Se recomienda a la población en general no salir de la parroquia, salvo por circunstancias de extremas necesidad, ya sea para adquirir productos de primera necesidad o para adquirir productos para precautelar la salud.
  4. En caso de que alguna de las personas que pertenezcan a los grupos vulnerables de la parroquia necesiten de traslado para adquirir medicamentos o productos de primera necesidad en la cabecera cantonal, el GAD Parroquial Rural de San Gerardo pone a disposición el uso de un vehículo particular contratado.
  5. Se prohíbe en las comunidades de la parroquia, así como en el centro parroquial el uso de espacios públicos, como plazas, canchas y otros.
  6. Se recomienda a los dueños de tiendas y farmacia de la parroquia a tomar medidas de higiene necesarias. 
  7. Se solicita a los propietarios de tiendas y farmacia de la parroquia a respetar los precios de venta al público.
  8. Todas las acciones tomadas por parte del GAD Parroquial, estarán enmarcadas en las constantes resoluciones adoptadas por el COE cantonal.
  9. Se hace un llamado a la ciudadanía a mantener la calma y a estar informados por los medios oficiales.

En caso de requerir información o atención por favor comunicarse al teléfono del GAD Parroquial 0993060867.

Se recuerda a la ciudadanía que, en caso de incumplimiento de las medidas adoptadas por parte del gobierno central, esta violación será sancionada en base al articulo 282 del coip, sobre el incumplimiento a orden de autoridad legítima, cuya sanción será de uno a tres años de privación de la libertad.

Anterior

GAD Girón brinda desinfectante para rociar vehículos de transporte público

Siguiente

GAD Parroquial de La Asunción pone a disposición recursos para emergencia 

Revise También: