La Sala Especializada de lo Civil del Azuay ratificó este lunes 28 de agosto de 2023 la sentencia en primera instancia que dispone la suspensión el avance del proyecto minero en Quimsacocha y concluyó que los derechos a consulta previa y consulta ambiental fueron vulnerados.

La respuesta se da en relación a la acción de protección interpuesta por varios actores campesinos, indígenas y representantes de las Juntas de Agua de Cuenca y Girón.

Así lo dio a conocer en horas de la noche Yaku Pérez, dirigente y excandidato a la Presidencia, quien con la frase “ninguna lucha es estéril” hizo referencia a la sentencia.

La justicia ordenó como medidas que:

  • El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica presente en el juzgado de origen, un informe completo del estado actual del área Nacional de Recreación Quimsacocha, con descripción de toda el área del proyecto y su influencia, la biodiversidad de la zona, su valor científico, el ecosistema, cual es el estado de la flora y fauna, así como de los bosques y vegetación protectora.
  • El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, presentará un informe que aborde la sustentabilidad del ecosistema y como se está garantizando el orden de preferencia en el uso y aprovechamiento del agua, detallará las acciones para posibilitar la planificación, regulación y control y deberá abordar las conclusiones que se emite en el informe presentado en ETAPA EP por parte del Ing. Galo Ordoñez, por lo que, para el cumplimiento de esta medida de reparación, se contará con la Empresa ETAPA E.P., que garantiza el acceso al derecho humano del agua en el cantón Cuenca, debiendo su gerente en el plazo de quince días de recibida la notificación, designar los funcionarios públicos que se encargarán de este estudio y posterior informe, actividades que realizarán en coordinación y colaboración.
  • Se debe realizar la consulta previa, libre e informada por parte del Estado Ecuatoriano, la ejecutarán y materializarán las carteras del Estado competentes en materia ambiental y agua, de explotación de recursos naturales no renovables, protección de derechos humanos y gobiernos autónomos descentralizados que correspondan, en la Comunidad de Escaleras, con domicilio en la Provincia de Azuay, cantón Cuenca, parroquias Victoria del Portete y Tarqui.
  • Se debe realizar la consulta ambiental prevista en el artículo 398 de la Constitución antes de la emisión de la licencia ambiental para la siguiente fase del proyecto, se ejecutará y materializará en la zona de influencia del proyecto, por parte de Las carteras del Estado competentes en materia ambiental y agua, de explotación de recursos naturales no renovables, protección de derechos humanos y gobiernos autónomos descentralizados que correspondan.

En todas las medidas que se ordena intervendrá la Defensoría del Pueblo, se le notificará para que actué en forma inmediata, y presentará en el juzgado de origen un informe que detalle las actuaciones realizadas cada 45 días, concluye la sentencia.

Fuente: El Mercurio

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