En Ecuador rige la Ley de Feriados desde el año 2016, la que determina los días de descanso obligatorio para todos los ecuatorianos, por lo que anualmente se cuenta con 11 días de descanso, que corresponden a los feriados nacionales y uno más de las fiestas cívicas locales, es decir, 12 cada año.

Al unirse estos 11 días con los fines de semana se convertirán el año 2021 en 29 días libres, a nivel nacional.

Hay dos feriados más largos: el de Carnaval, los días lunes 15 y martes 16 de febrero, que se unen al sábado 13 y domingo 14 de febrero del 2021.

Y el más largo del año, con cinco días libres, sábado 30, domingo 31 de octubre, lunes 1 de noviembre, martes 2 y miércoles 3 de noviembre del 2021.

Feriados nacionales para el 2021 en Ecuador

FeriadoFechaObservación
Año nuevoViernes 1 de enero 2021No recuperable (Se une al sábado 2 y domingo 3)
CarnavalLunes 15 y martes 16 de febrero 2021Feriado de carnaval 2021, no recuperables (Se unen al sábado 13 y domingo 14)
Viernes SantoViernes 2 de abril 2021No recuperable (Se unen al sábado 3 y domingo 4)
Día del TrabajoSábado 1 de mayo 2021No recuperable (pasa al viernes 30 de abril) (Se une al domingo 2)
Batalla del PichinchaLunes 24 de mayoNo recuperable (Se une al sábado 22 y domingo 23)
Fiestas de GuayaquilDomingo 25 de julioPasa al lunes 26 de julio, feriado local solo para Guayaquil, no recuperable (Se une al sábado 24)
Primer Grito de la IndependenciaMartes 10 de agostoNo recuperable, pasa al lunes 9 de agosto (Se une al sábado 7 y domingo 8)
Independencia de GuayaquilSábado 9 de octubreNo recuperable, pasa al viernes 8 de octubre (Se une al domingo 10)
Día de los DifuntosMartes 2 de noviembre 2021No recuperable (Se une al sábado 30, domingo 31 de octubre, lunes 1 de noviembre)
Independencia de CuencaMiércoles 3 de noviembre 2021No recuperable
NavidadSábado 25 de diciembre 2021No recuperable (Se une al viernes 24 y domingo 26) *

*Días libres determinados por el Ministerio de Turismo de Ecuador.

La normativa de la Ley estableció que si un feriado cae en sábado, el descanso obligatorio pasará al viernes anterior, y si es domingo, al lunes siguiente.

Si cae martes, el feriado se traslada al día lunes previo.

Además, los feriados que sean en miércoles o jueves, se trasladarán al viernes de esa semana. Se exceptúan fechas como Carnaval, Navidad y Año Nuevo.

Cuando existan feriados locales o nacionales en dos días seguidos, estos corresponderán a lunes y martes o jueves y viernes.

Fuente: El Universo

Anterior

Nota de pesa señor José Lazo

Siguiente

Resultados del Plan de Contingencia luego de las festividades de Navidad y Fin de Año 2020

Revise También: