El trámite para obtener un poder especial se realiza en las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior. Conozca cómo realizar el proceso.

Un poder especial es la vía más idónea que tienen las personas en el extranjero para realizar trámites en Ecuador.

Según el Ministerio de Relaciones Exteriores, esto constituye un acto administrativo para otorgar un documento legal a ecuatorianos y extranjeros.

Esto, con la finalidad de que las personas fuera del país, autoricen a otra, que se encuentre en Ecuador, para que realice diversos trámites legales, judiciales o administrativos.

Para el público en general, el costo del poder especial y primera copia es de USD 60. Para las personas de la tercera edad, hay un descuento del 50%.

Y para los ciudadanos con algún tipo de discapacidad (desde el 30%), tiene un exención del 100% del valor del trámite, presentado el carné de personas con discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública.

Requisitos

-Todo ciudadano interesado en obtener el poder especial y primera copia debe cumplir con estos requisitos:

-Cédula de ciudadanía y/o pasaporte original y vigente del o los otorgantes

-Los extranjeros deben presentar pasaporte o de ser el caso cédula de identidad vigentes

-Extracto o minuta del documento a generar (en caso de requerirlo)

-Datos exactos del o los apoderados

-De ser el caso, un requisito especial será el carné de discapacidad

¿Cómo realizar el trámite?

El trámite para obtener el poder especial se realiza en Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior. En esos lugares, debe cumplir con los siguientes pasos:

-Tomar una cita en el Consulado más cercano

-Presentar documentación habilitante

-Cancelación de Tasa

-Firmar y receptar el documento original (físico).

Cabe resaltar que este trámite es de carácter presencial y obligatoriamente se debe contar con cita previa.

Para mayor conocimiento de los horarios de atención de las Oficinas Consulares puede revisar este enlace.

Por último, la vigencia del poder especial se determinará como lo indique la persona otorgante, a menos que exista una cláusula de tiempo definido.

Fuente: Primicias

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