El proyecto de Ley de Armas irá al Ejecutivo para su sanción.

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley de Armas, la tarde de este martes 13 de agosto de 2024.

El proyecto tiene como objetivo eliminar los vacíos legales, de una ley vigente desde 1.980, sobre tenencia, porte y comercialización de armas y municiones.

La Asamblea aprobó este proyecto de Ley con 79 votos a favor, 1 negativo y 41 abstenciones de la bancada del correísmo, Revolución Ciudadana.

Este proyecto cuenta con 87 artículos, 11 disposiciones generales, nueve transitorias y dos derogatorias.

La normativa busca prevenir, combatir y erradicar la utilización de armas, municiones, explosivos, sustancias químicas controladas, agentes biológicos y toxínicos controlados, y otros materiales relacionados que puedan comprometer la convivencia y la seguridad ciudadana.

Además, impedir su desvío mediante la clasificación y reglamentación de estos materiales, así como la
fabricación, importación, exportación, internación, almacenamiento, transporte y comercialización de todos los materiales sujetos a control.

Finalmente, intenta promover, facilitar y reforzar la cooperación nacional e internacional en esta materia.

El debate en la Asamblea sobre el proyecto de Ley de Armas

Durante el debate, varios asambleístas expresaron su criterio sobre el proyecto en aprobación.

El asambleísta ponente, Xavier Jurado, manifestó que el país está fuera de la norma internacional, por eso se requiere de una normativa que permita la regulación de explosivos y armas de todo tipo de calibre, así como las traumáticas.

El asambleísta de Loja, Rafael Dávila, expresó que la trazabilidad es importante para el uso y control de armas, e indicó que la normativa abre las puertas, para que otras empresas puedan proveer de explosivos de calidad, ya que, en la actualidad se observa la existencia de un monopolio.

Juan Carlos Camacho sostuvo que ha habido una falta de iniciativa del Estado y del Gobierno para permitir la fabricación de armas en Ecuador, y esta Ley abre esa posibilidad.

En tanto, Roberto Cerda, dijo que la Ley tiene como objetivo prevenir que personas peligrosas, criminales, exconvictos y personas con problemas de salud mental tengan acceso a las armas de fuego, estableciendo restricciones rigurosas.

Mónica Salazar manifestó que la bancada de la Revolución Ciudadana no está de acuerdo con todo el contenido del proyecto, que lo que requiere el país son funcionarios que sepan tomar decisiones y que no queda claro los requisitos que se necesitan para que una persona pueda portar armas.

El ‘porte’ en el proyecto de Ley de Armas

El artículo 57 del proyecto dispone que el permiso de porte de armas es de carácter nominal e intransferible.

Además, autoriza a su titular a llevar consigo un arma cargada, debidamente registrada; su uso es personal y válido a nivel nacional.

Las personas naturales podrán tener y portar el arma de uso civil para defensa personal, con los siguientes requisitos:

  • Cumplir al menos 25 años de edad.
  • Certificado psicológico forense; de evaluación psiquiátrica, y de análisis toxicológico emitida por un profesional de la Red Privada Complementaria o establecimiento de salud de la Red Pública Integral de Salud, registrado por el Ministerio de Salud Pública o su delegado.
  • Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional, se excluye a los deportistas de esta disposición.
  • No haber sido sentenciado con sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito.
  • No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
  • Los demás que establezca el Reglamento general de esta Ley.

Las personas que obtengan el permiso de porte y tenencia de armas de uso civil deberán asistir a los cursos de actualización de manera anual.

Las mallas curriculares deberán ser aprobadas por el ente rector. El costo de las capacitaciones y actualizaciones se regularán a través de una tabla emitida por el ente rector.

Fuente: El Comercio

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