La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución 97/2025, mediante la cual otorgó medidas cautelares en beneficio de 26 personas desaparecidas y seis mujeres buscadoras en Ecuador, advirtiendo que estas personas se encuentran en una situación de gravedad y urgencia y que sus derechos a la vida e integridad personal corren un riesgo de daño irreparable.
La CIDH solicitó al Estado ecuatoriano la búsqueda inmediata de estos 26 desaparecidos, quienes, según investigaciones preliminares y denuncias, habrían sido detenidos por miembros de las Fuerzas Armadas en distintos operativos realizados durante 2024, sin que hasta la fecha se cuente con información oficial sobre su paradero, pese a decisiones judiciales y denuncias presentadas ante la Fiscalía General del Estado por el delito de desaparición forzada.
La resolución también reconoció a seis mujeres buscadoras como beneficiarias de las medidas cautelares, señalando que han sido objeto de amenazas, hostigamiento e intimidación debido a su labor en la búsqueda de personas desaparecidas.
El Estado, por su parte, afirmó que las autoridades están realizando investigaciones “diligentes” y que existen mecanismos para mitigar los riesgos. En el comunicado oficial se indicó que, aunque se han abierto investigaciones, todavía no se ha identificado un riesgo verificable respecto a las familias de las personas desaparecidas, aunque se realizará una reevaluación en función de la evolución de los casos.
Estos hechos ocurren en un contexto de militarización de la seguridad pública en Ecuador, declarado por el presidente Daniel Noboa mediante decretos de estado de excepción y de conflicto armado interno, lo que ha desatado denuncias de violaciones de derechos humanos, incluyendo desapariciones forzadas en operativos de seguridad, tal como han señalado organizaciones de derechos humanos y la propia CIDH en otras instancias de diálogo y exigencia de información al Estado.
La CIDH requirió al Gobierno ecuatoriano acciones urgentes para proteger la vida y salud de las personas desaparecidas y de quienes las buscan, así como para informar sobre las gestiones realizadas, medidas de protección implementadas y resultados obtenidos, en cumplimiento de las obligaciones internacionales de derechos humanos del Estado.


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