La Fiscalía General del Estado de Ecuador solicitó este 11 de febrero de 2026 la prisión preventiva para el alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, en el contexto del proceso legal conocido como “Caso Goleada”, que investiga presuntas actividades de delincuencia organizada con fines de lavado de activos y defraudación tributaria.
La solicitud fue presentada durante la audiencia de formulación de cargos que se desarrolla en el Complejo Judicial Norte de Quito, donde el fiscal a cargo expuso alrededor de 20 elementos de convicción recopilados durante la fase de investigación previa para sustentar la petición de la medida cautelar, que también fue planteada para otros de los procesados en el caso.
Según la Fiscalía, la petición de prisión preventiva está motivada en la necesidad de neutralizar riesgos procesales derivados de la presunta existencia de un “entramado societario complejo” que habría facilitado la comisión de, entre otros delitos, lavado de activos y defraudación tributaria, así como para evitar posibles obstrucciones a la investigación y garantizar la presencia de los implicados en el proceso.
La audiencia se instaló dentro de los plazos legales tras la detención del alcalde y otras diez personas, incluidas dos de sus hermanos y varios funcionarios y empresarios vinculados al Municipio de Guayaquil. El juez encargado de la causa declaró la legalidad de la detención y avanzó con la etapa de formulación de cargos, durante la cual la Fiscalía expuso los indicios y presentó su solicitud de medidas cautelares ante el tribunal.
El resultado sobre la aprobación o rechazo de la prisión preventiva quedará en manos de la autoridad judicial, que evaluará si se cumplen los requisitos legales para dictarla. De ser aceptada, Álvarez no podrá ejercer sus funciones y, de prolongarse su ausencia por más de 30 días, podría perder su cargo y dar paso a la vicealcaldesa Tatiana Coronel como subrogante en la administración municipal.
Hasta el momento la Fiscalía no ha dado a conocer públicamente el detalle completo de los elementos de convicción presentados en la audiencia, ni el pronunciamiento del juez sobre las medidas cautelares planteadas.


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